viernes, 9 de mayo de 2008

ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE EL DERECHO INFORMÁTICO


“Él nunca avanza, camina de costado
Él tiene miedo a su mente”

(Parte de la Religión – Charly García)



Parte 1


Donde el autor refiere a un epistemólogo austríaco


Primero es necesario entender el Derecho; comprender el Derecho; La Historia del Derecho, la Ciencia Jurídica y por último la Historia de la Ciencia Jurídica (y… propongo dos campos más; la Sociología de la Ciencia jurídica y la Sociología de la Historia de la Ciencia Jurídica); que hoy configura el Derecho.

No siempre ha sido así el Derecho, en sus inicios el Derecho estuvo vinculado a la Teología, luego a la Moral y actualmente a la Ciencia (En palabras del libertario epistemólogo austríaco Paul Feyerabend; la actual “religión de la humanidad”).

Con el párrafo anterior quiero referir que el Derecho Informático no es el conjunto de normas que legislan la informática.

Entonces ¿es todo ese campo vacío que aún queda sin legislar?


Pequeña Disgreción Cibernética Nocturna

Se recomienda pasar al siguiente apartado

Desde los que conocemos a más de la Informática la Cibernética podríamos perder la cordura pensando en todos los bytes que habrán de irse en la normativización de la Cibernética (¡No hablemos de la Clonación!). A propósito… en Massachussets los Científicos Jurídicos piensan que para el 2040 podrá el ser humano unirse a una máquina, LEGALMENTE.

Parece una locura. ¿Qué quiere decir esto? ¿La máquina ya llegará a tener sentimientos (alias: inteligencia artificial)? O ¿será el hombre (y la mujer) el que llegará a ser tan insensible como una máquina actual?

No sé… seguiré estudiando al respecto, me tranquiliza saber que en Massachussets (¡Salud!) se encuentra el lingüista y científico (a más de libertario y crítico) Noam Chomski.


Fin de la Digresión, Comienzo de la Parte 2

Donde el autor devela el oscuro misterio que esconde el Derecho Informático


Lo que estoy queriendo decir (para los que sobrevivieron a la disgreción anterior) es que al Derecho Informático lo hacen tanto; las normas que ya configuran la informática jurídica así como (también, fundamentalmente) el campo histórico-científico de las ciencias jurídicas.

Con esto quiero significar que para resolver un caso desde el Derecho Informático solamente (¿escribí “solamente”? ) hace falta conocer los principios, conceptos, filosofía e historia de las Ciencias Jurídicas.

Más claro; la informática es una dimensión (una espina más) que se le agrega a la espina dorsal del pez, que a fin de cuentas es el Derecho, enriquecido por su teología, su moral, su ética y actualmente; su Ciencia Jurídica.

Con toda la riqueza de su teológica historia científica es que el Derecho debe servir para resolver los; ora conflictos, ora posibilidades que sucedan en una de las dimensiones de la Cibernética, es decir en la Informática.

No es algo complicado, mucho menos es simple, es sí; algo COMPLEJO, para lo cual es necesario tener una visión de los Sistemas que complementan el acontecer humano.

Espíritus devenidos de el reglamentarismo; esto es, que confundan las normas (y hasta su interpretación) con el Derecho propiamente dicho, se confundirán.

Así debe ser.


Lic. Miguel Ángel Méndez


P.D.1: “Todo se construye y se destruye tan rápidamente, Que no puedo dejar de sonreír”

(Parte de la Religión-Charly García)

P.D2: “La Vanguardia es así” (Idem Pos data 1)

3 comentarios:

Thomas Valenzuela dijo...

Será verdad?? no lo sé, a veces creó que el hombre ya ha propasado los límites de la maldad, y a veces veo a una socioedad caritativa que cambia mi visión, expresó esto porque en alguna parte decía, que ¿se volverán los hombres cómo las másquinas? ¿dejar de tener sentimientos?..

Creó que hay que vivir y dejar vivir, personalmente, no me veo, ni me vería siendo una máquina, ni veo a otro ser humano siendo eso, es que entonces ¿dónde queda la esencia?, si eso pasará ya no seríamos lo que somos, seríamos simples objetos y ya más nada.

Creó que son simples especulaciones, acaso ¿el mundo no se iba a acabar con la llegada del milenio? y acá seguimos en la constante lucha por sobrellevar una vida, quizá dfícil pero aún posible.

En cuanto a que el Derecho Informático es una espina más del pez (Ciencia Jurídica), es tam obvio que es así, o acaso ¿el dderecho civil ,el derecho aeronaútico, etc. son ciencias que se regulan jurídacamente y apartadas del Derecho? No, no es así, entonces es lógico que también que el Derecho Informático sea parte de él.

Creo que lo que falta es una mejor adecuación de todas las partes que integran el Derecho, y en cuanto al Informñático una mejor regulación más que nada.

Unknown dijo...

también quisiera agregar unas notas acerca de la última clase desarrollada y es que también en el grupo de trabajo nos quedamos con ganas de decir más. En el caso individual que nos correspondió desarrollar la imposibilidad de restringir el ingreso a la página del orkut de los menores de edad. Y elegimos ese tema a raíz de un caso hace pocos días presentado en la presa. Me tomo el tiempo para relatarlo brevemente: Una niña adolescente supuestamente introdujo al orkut una foto de una compañera desnunda.Las autoridades del colegio de la adolescente supuestamente infractora decidieron expulsarla, pero recurrió a un recurso de amparo pues constitucionalmente le está garantizado estudiar, y en segunda instancia no existen los medios para comprobar fehacientemente que fue ella quien subio la foto a la página. Este problema nos plantea nos realidades que nos invaden. En primer lugar: que esa adolescente jamás debió haber podido ingresar a la página pues ésta está diseñada sólo para mayores de 18, por tanto nos resulta claro que esto fácilmente no se cumple, y tampoco existe el suficiente control para impedir que esto suceda y mucho menos en el caso hipótetico que hubiera sido mayor de edad el hecho de poder identificar al autor. Consecuencia no solamente de la falta de una legislación adecuada sino también de la falta de interés de la empresas administradoras del sitio cuyo único fin es lucrar.
Las consecuencias de dejar desprotegido a un sector tan vulnerable que legalmente requiere de una doble protección están a la vista, no solamente se expone a los menores a ser víctimas de todo tipo de delitos, como el caso de la niña cuyo derecho a ser resarcida queda en el vacío y cuya dignidad fue terriblemente pisoteada, pues ¿qué solución pueden hayar las autoridades del colegio de las afectadas cuando entrar en colisión dos derechos individuales e irrenunciable? más aún cuando las propias leyes no los protegen.
Éste tipo de problemas requieren soluciones urgente. Sobre todo en el ámbito inmediato de los adolescente, en primer lugar la familia que debe ser conciente de a qué se exponen los menores de edad cuando ingresan a servicios de internet sin la menor responsabilidad

Juan Castillo dijo...

el derecho tuvo una evolucion a traves de la historia y porende la informatica va evolucionando dia a dia y en el futuro no debemos sorprendernos de lo que puede mostrarnos
Juan R. Castillo Arrellaga C.I. Nº 1.859.448
Guillermo A. Gómez Zotti C.I. Nº 2.547.557