viernes, 13 de marzo de 2009

Tarea 3

Paraguay liberaliza el mercado de Internet

http://www.vnunet.es/es/vnunet/news/2009/03/12/paraguay_liberaliza_internet
12-03-09

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones de Paraguay pone fin al monopolio estatal para dar un impulso a la Red, en uno de los países con tasas de penetración más bajas de Sudamérica.

Conatel, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones de Paraguay, ha decidido aprobar la liberalización del servicio de Internet, acabando con el monopolio estatal que ofrecía el acceso a la Red a través de la Compañía Paraguaya de Comunicaciones (COPACO).

Jorge Seall, presidente de Conatel, ha señalado que la nueva regulación "permite romper el monopolio de la fibra óptica que se venía clamando hace mucho" y que ahora queda avanzar en la reglamentación "de muchos de los servicios que pueden ser ofrecidos a través de Internet". Seall ha manifestado no les interesa que la liberalización del servicio haga “saltar de un monopolio a un oligopolio”, e indicó su compromiso para "facilitar que ese servicio no solo llegue a un gran mayorista o a un grupo de mayoristas”.

Paraguay es uno de los países sudamericanos con la penetración de internet más baja, con apenas 60.000 usuarios.

Como informa EFE, la liberalización de Internet ha sido posible gracias a las presiones de sectores vinculados a la comunicación y tras una serie de deliberaciones de Conatel. Los trabajadores de COPACO, por su parte, se han movilizado para defender la gestión de Internet por parte del Estado alegando que la liberalización producirá una "desagregación de la red de fibra óptica" de la telefónica pública.


Aprueban poner fin al monopolio estatal de internet en Paraguay

http://actualidad.terra.es/ciencia/articulo/aprueban-paraguay-poner-fin-monopolio-3119465.htm

La comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) aprobó hoy la liberalización del servicio de internet, que hasta ahora era monopolio de la estatal Compañía Paraguaya de Comunicaciones (COPACO).


El presidente de Conatel, Jorge Seall, dijo en rueda de prensa que la decisión 'permite romper el monopolio de la fibra óptica que se venía clamando hace mucho' y que ahora queda por avanzar en la reglamentación 'de muchos de los servicios que pueden ser ofrecidos a través de internet'.

Seall dijo que buscan evitar que este servicio quede en manos de un gran mayorista o a un grupo mayorista, 'lo que implicaría saltar de un monopolio a un oligopolio, que tampoco nos interesa'.

Detalló que la liberalización de aprobó con el voto a favor de tres de los cinco miembros de Conatel, tras muchas deliberaciones y ante presiones de sectores vinculados a las comunicación.

COPACO, una sociedad anónima de capital estatal, era hasta ahora la única autorizada para operar la conexión internacional de Internet, además de la telefonía fija internacional.

Según estadísticas oficiales de 2007, la penetración de Internet en Paraguay es una de las más bajas de Suramérica, con apenas unos 60.000 usuarios.

Tras la llegada del ex obispo Fernando Lugo a la Presidencia, el 15 de agosto de 2008, diversas organizaciones civiles emprendieron una campaña de recogida de firmas para exigir al Gobierno el fin del monopolio estatal sobre internet.

Al mismo tiempo, los trabajadores de la Copaco también se han movilizado para defender el control estatal del servicio


TAREA 3.

EN GRUPOS DE TRABAJO RESPONDA LOS SIGUIENTES PUNTOS, ESCUETAMENTE:

A) ¿Qué cuerpos legales (códigos) corresponde revisar ampliamente a partir de esta liberalización?

b) ¿La Reglamentación en Telecomunicación se encuentra en qué Cuerpo Legal?

c) ¿Por que el servicio VOIP, usted supone que no se liberalizó?

d) ¿Cuál es la situación de la normativa a nivel internacional sobre casos parecidos al presentado en esta tarea? Favor Investigue en nuestro propio blog.

e) Investigue los criterios socio-politológicos y jurídicos del sector que ha defendido la estatización del recurso estratégico.

Saludos Cordiales

CÁTEDRA DE DERECHO INFORMÁTICO


17 comentarios:

Cristina Cacace dijo...

a.) A partir de esta liberación, creemos conveniente la creación de un organismo judicial específico que se encargue de regular toda la actividad concerniente al ámbito informático actual. Esto ahorraría una crisis jurídica para el momento en que se susciten problemas referente a este ámbito y a su liberación. En nuestro parecer, debería crearse un nuevo Código de derecho Informático, o en todo caso, se debería crear una comisión especial que se encargue de adecuar el código penal a esta rama del Derecho.

b.) La reglamentación de las telecomunicaciones se encuentra legislada en la LEY Nº 642 DE TELECOMUNICACIONES y se complementa con el Decreto 14.135/96, “Por el cual se Aprueban las Normas Reglamentarías de la Ley 642/95 de Telecomunicaciones”.

c.) Actualmente el servicio de voz sobre IP es el que más se utiliza debido a la cantidad de personas que viajan en busca de mejores condiciones de vida, dejando parte de su familia aquí en nuestro país, la liberación de este servicio, implicaría pérdidas extremadamente importantes al sector de las telecomunicaciones estatales, por lo que, consideramos, ese servicio no fue liberado
Alumnas: Cristina Cacace, lelia Guillen, Eliana Maldonado, Martha Toñánez, Cynthia Barrios.

Jose Ruiz dijo...

a)Cuerpos legales a revisar ampliamente:
- Constitución Nacional de la República del Paraguay (1992)
- Código Civil Paraguayo
- Código Penal Paraguayo
- Ley Nº 642 del 29 de Diciembre de 1995 “De Telecomunicaciones” y sus modificatorias


b)Ley Nº 642 del 29 de Diciembre de 1995 “De Telecomunicaciones”


c)En el artículo 21 de la ley 642/95 “De Telecomunicaciones” se define como servicio básico “el servicio telefónico conmutado punto a punto mediante el uso de cable –o radio fija– utilizada como sustituto o extensión de la red de cableado”. El servicio básico, conocido como la telefonía básica puede ser local, local de larga distancia e internacional de larga distancia. La voz sobre IP es considerada en este caso como una tecnología que puede ser aplicada al servicio básico, por lo que no se puede reglamentar.

Al respecto, la Copaco es la que tiene la concesión, aprobada por el Parlamento, para ofrecer el servicio básico. Es por eso que plantean que reglamentar la voz sobre IP es inconstitucional, y es por esta razón que, a nuestro humilde entender, el servicio de VoIP aún no ha sido liberado en nuestro país.


e)Los sectores que se oponían a la liberalización de Internet en el país y por ende apoyaban su estatización se fundamentaban en su criterio de afirmar que el Estado es quien debe ser el regulador último de los medios de comunicación. No precisamente “el dueño” de éstos, pero si quien regule y trace los límites de su usufructo por parte de los individuos y particulares.

ALUMNO: JOSÉ RUIZ CANTERO

Unknown dijo...

TAREA 3.

Maria Lidia Villalba
Jenny Molinari
Javier Agüero Bareiro.
Lesly Gamarra
Ricardo Villalba
Graciela Lobos

A) ¿Qué cuerpos legales (códigos) corresponde revisar ampliamente a partir de esta liberalización?

Debería revisarse el CÓDIGO CIVIL por las implicancias de las responsabilidades civiles de:
-RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL DE LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE INTERNET.
-RECLAMOS POR DAÑOS Y PERJUICIOS PRODUCIDOS POR MEDIOS ELECTRONICOS Y DIGITALES.
-GESTION DE RECLAMOS A PAGINAS WEB Y BUSCADORES DE INTERNET PARA ELIMINAR INFORMACION PERJUDICIAL, DIFAMATORIA Y/O PROHIBIDA.
-CONSULTORIA EN CONTENIDOS NOCIVOS E ILICITOS EN INTERNET.
-RECLAMOS POR DAÑOS AL HONOR, IMAGEN E INTIMIDAD EN INTERNET.
Así también debería tenerse en cuenta la revisión de los derechos del autor.
REGISTRO DE OBRAS DE SOFTWARE, BASES DE DATOS Y OBRAS MULTIMEDIA.
-REGISTRO Y PROTECCION DE PAGINAS WEB.
-TUTELA DE LOS DERECHOS DE AUTOR EN INTERNET.
-REDACCION DE CONTRATOS DE LICENCIA DE USO Y TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE AUTOR.
Debería revisarse el CÓDIGO PENAL:
- Sobre los Delitos Informáticos y sanciones que deberían darse a las mismas

b) ¿La Reglamentación en Telecomunicación se encuentra en qué Cuerpo Legal?
En el año 1995, se promulgó la Ley N°642 de Telecomunicaciones cuya característica fundamental fue la separación de la función reguladora del operador, creándose para ello un ente regulador llamado CONATEL. En esta ley también se dispusieron algunas medias para transformar el operador estatal y otorgar nuevas concesiones. La entidad reguladora tiene competencia en asuntos regulatorios, licencias y permisos, tarifas e interconexión y administración del espectro radioeléctrico. Este organismo está compuesto por un Directorio de cinco miembros designados por el Poder Ejecutivo y un Presidente cuyo mandato coincide con el periodo presidencial.

c) ¿Por que el servicio VOIP, usted supone que no se liberalizó?
Creemos que el bloqueo o la no liberalización de debe a intereses netamente monopolistas y de ambición sin pensar en la ciudadanía pues con la liberalización de la VOIP las personas dejarían de pagar los millones y millones de guaraníes en llamadas nacionales e internacionales.
El nuevo bloqueo esta acompañado de una campana publicitaria , en la cual Copaco lanza rumores de su perdida millonaria en llamadas internacionales por la presencia y actitud de las " empresas ilegales " del sector VoIP en este país.

Es muy simple, no quieren liberar el VoIP porque los grandes empresarios van a perder mas o menos 70 millones de dólares anuales, muy simples es
Con esta decisión se lograra congelar al país tecnológicamente llevándolo a la Edad Media respecto a las nuevas tecnologías de la comunicación logrando una asolación total del país en la comunicación y en el comercio internacional

d) ¿Cuál es la situación de la normativa a nivel internacional sobre casos parecidos al presentado en esta tarea?
La regulación en España impide un desarrollo completo de la VoIP
Europa quiere controlar la telefonía por VoIP
¿Pensábais que ya lo habíais visto todo con respecto al estado policial que se nos viene encima? Para nada. La Unión Europea, concretamente la Unidad de Cooperación Judicial, Eurojust, ha decidido que quiere ser capaz de controlar todo lo que hagamos también por telefonía IP. El gobierno italiano encabezado Silvio Berlusconi ha señalado su preocupación porque los delincuentes estén usando los nuevos servicios de VoIP, como por ejemplo Skype, para evitar la facilidad de intercepción de las redes tradicionales de telefonía. "La posibilidad de interceptar las comunicaciones telefónicas por Internet será un instrumento esencial en la lucha contra la delincuencia organizada internacional", señala Carmen Manfredda, miembro por Italia de Eurojust. "El objetivo no es impedir la evolución de la telefonía por Internet, sino impedir que los delincuentes utilicen Skype y sistemas similares para planificar y organizar sus acciones ilegales". Por nuestra seguridad, naturalmente.
Costa Rica podría criminalizar el uso de VoIP
«El creciente uso de las llamadas internacionales de VoIP ha hecho que el monopolio de las telecomunicaciones en Costa Rica, propiedad del gobierno, proponga a este ultimo que criminalize el uso de las llamadas telefónicas via Internet. Via Costa Rica May Criminalize VoIP (Slashdot).» en Costa Rica la Procuradora Rojas Chávez indica que la Voz es soportada sobre ondas electromagnéticas, por tanto es uso de espectro (¡!), y por tanto la VoIP usa espectro que no es libre
Panamá
En Panamá por un tiempo fue ilegal el uso de VoIp, inclusive con legislación al respecto, pero una orden de la Corte Suprema de Justicia obligó a la telefónica Cable and Wireless a eliminar el bloqueo sobre ciertos puertos que permitían hacer estas llamadas. De hecho, estas han ganado tanta popularidad, que no hay un cibercafé que no ofrezca llamadas de larga distancia a todo el mundo.

e) Investigue los criterios socio-politológicos y jurídicos del sector que ha defendido la estatización del recurso estratégico.
Los criterios jurídicos que están a favor de la estatización son que los artículos que se refieren a transmisión de datos VoIP (voz sobre protocolo de Internet) colisionan con el artículo 21 de la Ley 642/95, de Telecomunicaciones, que dice “El servicio básico es el servicio telefónico conmutado punto a punto mediante el cable o radio fija...”.
“Lo que está en discusión es la transmisión de voz, es decir, la telefonía, porque la ley define la telefonía de una forma.

Una de las argumentaciones para la negativa era que VoIP se constituía como servicio básico, no obstante, el informe de Conatel era claro, “El servicio de voz sobre Internet no responde a las características legalmente establecidas para reconocer el servicio básico, puesto que no usa enlaces fijos de telecomunicaciones, ni forma parte de un sistema conmutado, ni se origina en la red básica de telecomunicaciones. Más claro imposible.
Según los Sindicalistas de Copaco agrupados en Sinattel (Sindicato Nacional de Trabajadores de Telecomunicaciones) Consideran que los grupos empresariales del sector privado involucrados en la prestación del servicio de telecomunicaciones emprendieron una campaña perversa, y que El servicio de Internet es un negocio que se sustenta en la infraestructura de anillos de fibra óptica, adquiridos varios años atrás por la Copaco, cuando era aún Antelco, por lo que la explotación del servicio forma parte de los recursos del Estado, según ellos.

“Invocando falazmente igualdad de condiciones, competencia de libre mercado según la ley de la oferta y la demanda pretenden que se proceda a la supuesta liberación o desmonopolización de Internet. Buscan -afirman crecer y desarrollar sus negocios a expensas del uso de la infraestructura de la Copaco, así como han venido haciendo las multinacionales de telefonía móvil desde hace doce años”, reza la carta. Agregan que las celulares percibieron alrededor de US$ 1.000 millones en concepto de interconexión en tres años, que no sería otra que una subvención solapada del Estado. Con esto todos saldrían perdedores el estado y la ciudadanía que tendrán que subvencionar los bolsillos de los grandes empresarios.


“No estamos facultados a reglamentar VoIP, la ley no nos permite” fundamentó. no se liberó el servicio de VoIP porque se trata de una tecnología y no de un servicio, y que en ese caso, es el Congreso Nacional el órgano correspondiente para la sanción de una Ley sobre el punto.

Anónimo dijo...

a) Corresponderia realizar un cuerpo o codigo legal en materia de derecho informatico, o en su defecto modificar parcialmente el codigo civil y el codigo penal de modo a introducir el derecho informatico

b)La ley 642/ " de telecomunicaciones" se complementa con el Decreto 14.135/96 que norma la misma ley.

c)No se libera por que se estaria comunicando de un cuerpo ip, se podria realizar llamadas en ese caso se estaria minorizando y llevando a la quiebra de la empresa como COPACO

d)en el caso de argentina se aprobo una ley que regula la materia informatica que fomenta lo que es casi el derecho informatico

e)Criterios juridicos que no tienen reguacion en la ley que se sucita para regular los hechos que acontecen en los usos inmoderado de internet. Sociologico que en nuestro pais dan muy poco uso racional de lo que es el internet, sabiendo que nosotros tenemos menos uso del mismo en sudamerica

Grupo: Marcio Valiente 4.106.983; Jose Sarabia 2.269.103; Juan Valinotti 2.497.368; Norberto Mendieta 3.637.027; Ivan Caceres 3.844.710

christian dijo...

Para empezar profe le digo que no se si se puede entregar el trabajo al blog pero es mucho mas facil e ilustrativo. a) A nuestro parecer se debe de uscar en dos códigos en el civil y en el Penal. Por el sencillo hecho de que muchas controversias que podrían ocurrir en el sistema globalizado internet..
A ser estafas, indemnizaciones por diversos motivos … muchos de estos casos deben ser analizados desde el punto de vista civil. Al otro punto en lo penal también se podrían dar situaciones e la cuales se deben de aplicar la normativa de acuerda penal de acuerdo con las circunstancias .. a ser amenazas de muerte, violación a la privacidad etc. Cuales perfectamente podían encuadra en el código penal.

Cabe destacar que seria absolutamente necesario también la incluicion del derecho de la niñez y adolescencia, por cuanto es mas difundido es el internet, mas usual y fácil es su acceso se producen más vicios con respecto al mismo. Por lo cual se debería de proteger los intereses, principios y derechos innatos de niño y/o adolescente con respecto a lo que podría producirse al liberarse internet.

b) La reglamentación de las telecomunicaciones se encuentra legislada en la LEY Nº 642 DE TELECOMUNICACIONES y se complementa con el Decreto 14.135/96, “Por el cual se Aprueban las Normas Reglamentarías de la Ley 642/95 de Telecomunicaciones”.

c) Suponemos que si esto sucediera copaco de esta manera pasaría a ser historia, un ente estatal no puede quedar fuera de unos de los negocios que mas ganancias generan en nuestro país porque esto sería una catástrofe para la ya destrozada economía nacional.

Convengamos en que la liberación del VOIP lo mejor para un país desarrollado pero como no lo somos, sería un caos de grandes proporciones con en un lapso de tiempo muy corto.

Con lo cual podemos resumir que falta mucho tiempo y mucha cultura para que en nuestro país se den cambios significativos en el ámbito informático.
.

d) La situación en los demás países mas avanzados por asi decirlos es verdaderamente complicada por que hay que mirarlo desde el punto de jurídico, político y social como por ejemplo una solución viable y certera hacia la pedofilia por ejemplo, los pirayas de internet o las grandes estafas que ocurren en la red. La verdad es que se podría estar creando un estado intervencionalista y salvador de los graves problemas del mundo, dicho esto si un estado encuentra la solución pacifica a estos problemas todos lo copiarían pero no todas las culturas son iguales entonces no todos problemas y soluciones son iguales, dicho de otra manera primero solucionemos los problemas en casa y luego miremos al vecino claro no cometamos los mismos errores que ellos.Trabajo hecho por:

Christian Emilio Ramirez Ortiz C.I. 4.471.465
Sulmira Viviana Saldivar Garay. C.I 2.524.402
Delcy Lorena Barreto Gomez. C.I 2.350.098
Ruth Eunice Ruiz Diaz C.I 3.409.646
Brunella M. Allegretti. C.IC 3.265.705
Patricia Doldan C.I 2.397.146

J0$€!! Estigarribia dijo...

A)Corresponde revisar La libertad otorgada para el uso de las infraestructuras propias ponen en riesgo la inversion realizada , teniendo en cuenta las necesidades del Mercado del Art. 107 de la Constitucion tambien la "REGLAMENTACIÓN DE LA TECNOLOGIA VOZ SOBREPROTOCOLO DE INTERNET" (Voip) (por ser en realidad la liberación determinación de llamadas internacionales entrantes y saliente) . reglamentadas por la Lev N° 642/95.
B)LEY Nº 642 DE TELECOMUNICACIONES y se complementa con el Decreto 14.135/96, “Por el cual se Aprueban las Normas Reglamentarías de la Ley 642/95 de Telecomunicaciones”.
C)Con la regulación del servicio bajarían los precios de las llamadas nacionales e internacionales, afectando directamente su facturación.
Copaco es una empresaque utiliza el servicio de DDI (Discado Directo Internacional), por lo que si se libera el voip `podria aparecer una empresa que preste servicio de llamadas a base de esta tecnologia. Copaco cobra -por impulso o por minuto de llamada - mientras que las empresas prestadoras de servicio VoIP o telefonía sobre IP se maneja por paquete de datos
E) Dijeron que no se puede reglamentar tecnología. Posteriormente afirmaron que VoIP, al ingresar sobre la red pública, se convertiría en telefonía básica y, según la Ley 642 de Telecomunicaciones, solo puede ser otorgado por concesión (Parlamento) y no por licencia de Conatel.La otorgación de licencias a cualquiera, implica una ambigüedad por loque significa la utilización de la infraestructura ajena para realizar negocios , aun no siendo del ramo
INTEGRANTES DEL GRUPO!
JOSE ESTIGARRIBIA CRISTALDO
RUBEN ROA
DAVID BARRETO
MARA RAMOS
NATALIA MUÑOZ

Anónimo dijo...

1. Corresponde revisar a partir de esta liberación las reglamentaciones internas de la CONATEL y COPACO. Y también creemos conveniente la creación de un nuevo código de derecho informático.
2. Dicha reglamentación se encuentra el la Ley Nº 642 De Telecomunicaciones, y en el Decreto 14.135/96
3. El VoIP presenta una gran ventaja(el bajo costo) frente a los costos elevados de las compañías de la Red Pública Telefónica Conmutada, es por eso que creemos que no se ha liberado, ya que significaría una gran pérdida para la citada compañía.
4. Por ej en Argentina está reglamentado el uso de internet, y en EEUU por ej se necesita un permiso especial para tener acceso a internet de acuerdo a la capacidad de la persona, es decir, si se trata de un niño o un adulto.
5. En el ambito sociopolitologico la persona tendrá un mayor y más fácil acceso a internet, y en el ambito jurídico se está empezando a crear ciertas reglamentaciones que se encargan de regir esa distribución del internet.

Alumno: Claudio Francisco Valiente Gómez.
CI: 4.326.301

Vane González dijo...

Integrantes:
- Vanessa González
- Mariana Flores
- Laura Espínola
- Cristina Zaracho
- Raquel González

a) Desde el momento en que se hagan notorias las consecuencias de la liberación, entre ellas el mayor acceso de personas a la red de Internet, es probable que muchas veces se susciten conflictos que atañen al área jurídica, por temas relacionados a archivos, contratos electrónicos entre otros que cuentan con valor jurídico. Por ende, nos veremos en la necesidad de contar con una nueva ley que vaya anexa al código penal y que regule este tipo de relaciones.

b) La LEY que reglamenta en cuanto a las telecomunicaciones es la Nº 642/95.

c) Suponemos que no se liberó este servicio por el hecho de ser el que aporta mayor ingreso a la empresa estatal (COPACO).

d) En países de Europa y en Estados Unidos la reglamentación en relación a delitos informáticos esta muy avanzada. Así también en los países latinoamericanos, entre ellos el más destacaso Chile, estan trabajando en la elaboración de leyes consernientes a la regulación de los delitos informáticos.

Vane González dijo...

Integrantes:
- Vanessa González
- Mariana Flores
- Laura Espínola
- Cristina Zaracho
- Raquel González

a) Desde el momento en que se hagan notorias las consecuencias de la liberación, entre ellas el mayor acceso de personas a la red de Internet, es probable que muchas veces se susciten conflictos que atañen al área jurídica, por temas relacionados a archivos, contratos electrónicos entre otros que cuentan con valor jurídico. Por ende, nos veremos en la necesidad de contar con una nueva ley que vaya anexa al código penal y que regule este tipo de relaciones.

b) La LEY que reglamenta en cuanto a las telecomunicaciones es la Nº 642/95.

c) Suponemos que no se liberó este servicio por el hecho de ser el que aporta mayor ingreso a la empresa estatal (COPACO).

d) En países como Europa y EEUU, la legislación en cuanto a Derecho Informático está muy avanzada, de igual forma, en varios países latinoamericanos, entre ellos, el más destacado, Chile; gradualmente y en base a las necesidades que van surgiendo, se están elaborando leyes destinadas a la regulación de delitos informáticos.

Unknown dijo...

a) Definitivamente los códigos deben contener o regular las formas directas que se llevan a cabo los hechos, todos sabemos que los actos ilicitos pueden darse total o parcialmente en la red. Cuando hablamos de "Niñez y Adolescencia", afecta en todos los ambitos como pornografía infantil, trata de menores entre otros varios casos; "Civil y Comercial" por los multiples fraudes, estafas que pueden darse.
En fin, creo que debería existir ya en estos tiempos, organos encargado de "dictaminar" si un hecho pudo o no haberse cometido atravez de la red.
Pasaría entonces a la creación de una Fiscalía de delitos informaticos.

b) La reglamentación de las telecomunicaciones se encuentra legislada en la LEY Nº 642 DE TELECOMUNICACIONES y se complementa con el Decreto 14.135/96, “Por el cual se Aprueban las Normas Reglamentarías de la Ley 642/95 de Telecomunicaciones”

c) Por los comentarios sobre este punto creo que es muy obvio que el servicio IP no se liberaliza porque implica una perdida hasta el peligro de la desaparición de la Copaco y riesgo acarreados con pérdidas para los demás medios de comunicación, el poco acceso a internet que existe actualmente en nuestro país corresponde a las personas que quieren nada más que comunicarse, generalmente hablando.
Debe haber una educación profunda hacerca de esto para que obtenga el resultado esperado.

derecho informatico PARAGUAY dijo...

A) A partir de la liberación de Internet, corresponde revisar desde una perspectiva ideológica que logre centrar las actividades que actualmente se dan en Internet, para asi lograr la creación, o mas bien el fomento de algunas enmiendas de códigos ya que en nuestra actualidad encontramos muy atrasados en los códigos, como así también que no existe un cuerpo legal que avale el derecho informático porque, están no estipulan algunos delitos que se comenten a través de Internet.


B)
• Ley de Telecomunicaciones de Paraguay
Ley Nº 642/95 de las leyes de Paraguay Decreto por el cual se aprueban las normas Reglamentarias de la Ley de Telecomunicaciones
Decreto Nº14.135/96 de las leyes de Paraguay
• : Ley que rectifica error material de la ley Nº 2.478” Que modifica los artículos 12, inc c); 73, inc b) y 131 de la ley Nº 642/95, de telecomunicaciones.”
Ley Nº 2.495/04 de las leyes del Paraguay
• Modificación al artículo 121° del Reglamento de la ley de Telecomunicaciones de Paraguay
Decreto N°15.963/96 de las leyes de Paraguay

C) La liberación de VOIP no se dio particularmente porque ante una Ley, que con defectos y virtudes, dio facultades y potestades únicas al órgano regulador, los directores se encargan de embarullarse ellos mismos y de defender posturas y estructuras, francamente insostenibles, porque no se esta facultado para la liberación Viop,y la ley no permite porque mas bien se habla de una tecnología y no de servicio.
D) Este es el principal problema que presenta hoy en día la penetración tanto de VoIP como de todas las aplicaciones de IP. Garantizar la calidad de servicio sobre una red IP debe quedar claro que la tecnología de VoIP no es un servicio como tal, sino una tecnología que usa el Protocolo de Internet (IP).
E) Uno de los directores de Conatel, destacó la necesidad de realizar estudios más profundos sobre el impacto de una liberación total de la red por parte de la telefónica estatal Compañía Paraguaya de Comunicaciones (Copaco).
Al mismo tiempo, los trabajadores de la Copaco también se movilizaron para defender el control estatal del servicio, ya que consideran que la liberación supondrá una "desagregación de la red de fibra óptica" de la telefónica pública.

Alumnos: PATRICIA. M. CARDENAS G.
GUSTAVO LIMA FARIÑA
DAVID SETRINI VERON
SERGIO DANIEL RUIZ DIAZ
ALEXIS M. VALDEZ PORRO

Paola dijo...

a) en primer lugar, la C.N., buscando un respaldo de contitucionalidad para la norma que acaba de ser dictada. Luego, ya en el Cod. Civil, para buscar normas que rijan el interactuar de los user con ISP, de manera a controlar los contratos de prestaciòn de servicios. El Cod. Penal, para buscar los recursos legales para castigar los abusos de las ISP, todo sin perjuicio de buscar aprovar una normativa propia..
b)En el Reglamento que crea y hace funcionar la CONATEL (no estamos muy seguros, hay que verificar)..
c) Porque aun la tecnologia para implementarla no existe, pues en el pais deberia primero existir una gran penetraciòn de PC`S con Internet...
d)No creemos que existan mas que razones e intereses creados por parte de los sindicalistas. Mas que por la defensa de los puestos de trabajo en peligro, verdaderas razones para la defensa no existian, pues la "desagregaciòn de la fibra optica" es una razòn sin escrupulos, carante de toda base juridica e informatica, pues en un Estado debe existir la libre competencia y no que el mismo Estado sea el atajo para la creaciòn de nuevas fuentes de trabajo, ni de nuevas empresas, y desde el punto de vista informatico, es un desproposito que un mercado tan amplio se estanque...
INTEGRANTES: Oscar D Baez A; Panfilo C Garay M; Paola B Fretes P; Osvaldo Candia D; Ma. Jose Melgarejo; Angel Riveros; Vania Baez

Belen Lobos dijo...

Integrantes

Maria Lidia Villalba Benitez
Ricardo José Villalba
Jenny Molinari

Javier Agüero
Lesly Gamarra
Belén Lobos

TAREA 3.
EN GRUPOS DE TRABAJO RESPONDA LOS SIGUIENTES PUNTOS, ESCUETAMENTE:
A) ¿Qué cuerpos legales (códigos) corresponde revisar ampliamente a partir de esta liberalización?
Debería revisarse el CÓDIGO CIVIL por las implicancias de las responsabilidades civiles de:
-RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL DE LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE INTERNET.
-RECLAMOS POR DAÑOS Y PERJUICIOS PRODUCIDOS POR MEDIOS ELECTRONICOS Y DIGITALES.
-GESTION DE RECLAMOS A PAGINAS WEB Y BUSCADORES DE INTERNET PARA ELIMINAR INFORMACION PERJUDICIAL, DIFAMATORIA Y/O PROHIBIDA.
-CONSULTORIA EN CONTENIDOS NOCIVOS E ILICITOS EN INTERNET.
-RECLAMOS POR DAÑOS AL HONOR, IMAGEN E INTIMIDAD EN INTERNET.
Así también debería tenerse en cuenta la revisión de los derechos del autor.
REGISTRO DE OBRAS DE SOFTWARE, BASES DE DATOS Y OBRAS MULTIMEDIA.
-REGISTRO Y PROTECCION DE PAGINAS WEB.
-TUTELA DE LOS DERECHOS DE AUTOR EN INTERNET.
-REDACCION DE CONTRATOS DE LICENCIA DE USO Y TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE AUTOR.
Debería revisarse el CÓDIGO PENAL:
- Sobre los Delitos Informáticos y sanciones que deberían darse a las mismas

b) ¿La Reglamentación en Telecomunicación se encuentra en qué Cuerpo Legal?
En el año 1995, se promulgó la Ley N°642 de Telecomunicaciones cuya característica fundamental fue la separación de la función reguladora del operador, creándose para ello un ente regulador llamado CONATEL. En esta ley también se dispusieron algunas medias para transformar el operador estatal y otorgar nuevas concesiones. La entidad reguladora tiene competencia en asuntos regulatorios, licencias y permisos, tarifas e interconexión y administración del espectro radioeléctrico. Este organismo está compuesto por un Directorio de cinco miembros designados por el Poder Ejecutivo y un Presidente cuyo mandato coincide con el periodo presidencial.
c) ¿Por que el servicio VOIP, usted supone que no se liberalizó?
Creemos que el bloqueo o la no liberalización de debe a intereses netamente monopolistas y de ambición sin pensar en la ciudadanía pues con la liberalización de la VOIP las personas dejarían de pagar los millones y millones de guaraníes en llamadas nacionales e internacionales.
El nuevo bloqueo esta acompañado de una campana publicitaria , en la cual Copaco lanza rumores de su perdida millonaria en llamadas internacionales por la presencia y actitud de las " empresas ilegales " del sector VoIP en este país.

Es muy simple, no quieren liberar el VoIP porque los grandes empresarios van a perder mas o menos 70 millones de dólares anuales, muy simples es
Con esta decisión se lograra congelar al país tecnológicamente llevándolo a la Edad Media respecto a las nuevas tecnologías de la comunicación logrando una asolación total del país en la comunicación y en el comercio internacional
d) ¿Cuál es la situación de la normativa a nivel internacional sobre casos parecidos al presentado en esta tarea?
La regulación en España impide un desarrollo completo de la VoIP
Europa quiere controlar la telefonía por VoIP
¿Pensábais que ya lo habíais visto todo con respecto al estado policial que se nos viene encima? Para nada. La Unión Europea, concretamente la Unidad de Cooperación Judicial, Eurojust, ha decidido que quiere ser capaz de controlar todo lo que hagamos también por telefonía IP. El gobierno italiano encabezado Silvio Berlusconi ha señalado su preocupación porque los delincuentes estén usando los nuevos servicios de VoIP, como por ejemplo Skype, para evitar la facilidad de intercepción de las redes tradicionales de telefonía. "La posibilidad de interceptar las comunicaciones telefónicas por Internet será un instrumento esencial en la lucha contra la delincuencia organizada internacional", señala Carmen Manfredda, miembro por Italia de Eurojust. "El objetivo no es impedir la evolución de la telefonía por Internet, sino impedir que los delincuentes utilicen Skype y sistemas similares para planificar y organizar sus acciones ilegales". Por nuestra seguridad, naturalmente.
Costa Rica podría criminalizar el uso de VoIP
«El creciente uso de las llamadas internacionales de VoIP ha hecho que el monopolio de las telecomunicaciones en Costa Rica, propiedad del gobierno, proponga a este ultimo que criminalize el uso de las llamadas telefónicas via Internet. Via Costa Rica May Criminalize VoIP (Slashdot).» en Costa Rica la Procuradora Rojas Chávez indica que la Voz es soportada sobre ondas electromagnéticas, por tanto es uso de espectro (¡!), y por tanto la VoIP usa espectro que no es libre
Panamá
En Panamá por un tiempo fue ilegal el uso de VoIp, inclusive con legislación al respecto, pero una orden de la Corte Suprema de Justicia obligó a la telefónica Cable and Wireless a eliminar el bloqueo sobre ciertos puertos que permitían hacer estas llamadas. De hecho, estas han ganado tanta popularidad, que no hay un cibercafé que no ofrezca llamadas de larga distancia a todo el mundo.
e) Investigue los criterios socio-politológicos y jurídicos del sector que ha defendido la estatización del recurso estratégico.
Los criterios jurídicos que están a favor de la estatización son que los artículos que se refieren a transmisión de datos VoIP (voz sobre protocolo de Internet) colisionan con el artículo 21 de la Ley 642/95, de Telecomunicaciones, que dice “El servicio básico es el servicio telefónico conmutado punto a punto mediante el cable o radio fija...”.
“Lo que está en discusión es la transmisión de voz, es decir, la telefonía, porque la ley define la telefonía de una forma.

Una de las argumentaciones para la negativa era que VoIP se constituía como servicio básico, no obstante, el informe de Conatel era claro, “El servicio de voz sobre Internet no responde a las características legalmente establecidas para reconocer el servicio básico, puesto que no usa enlaces fijos de telecomunicaciones, ni forma parte de un sistema conmutado, ni se origina en la red básica de telecomunicaciones. Más claro imposible.
Según los Sindicalistas de Copaco agrupados en Sinattel (Sindicato Nacional de Trabajadores de Telecomunicaciones) Consideran que los grupos empresariales del sector privado involucrados en la prestación del servicio de telecomunicaciones emprendieron una campaña perversa, y que El servicio de Internet es un negocio que se sustenta en la infraestructura de anillos de fibra óptica, adquiridos varios años atrás por la Copaco, cuando era aún Antelco, por lo que la explotación del servicio forma parte de los recursos del Estado, según ellos.

“Invocando falazmente igualdad de condiciones, competencia de libre mercado según la ley de la oferta y la demanda pretenden que se proceda a la supuesta liberación o desmonopolización de Internet. Buscan -afirman crecer y desarrollar sus negocios a expensas del uso de la infraestructura de la Copaco, así como han venido haciendo las multinacionales de telefonía móvil desde hace doce años”, reza la carta. Agregan que las celulares percibieron alrededor de US$ 1.000 millones en concepto de interconexión en tres años, que no sería otra que una subvención solapada del Estado. Con esto todos saldrían perdedores el estado y la ciudadanía que tendrán que subvencionar los bolsillos de los grandes empresarios.


“No estamos facultados a reglamentar VoIP, la ley no nos permite” fundamentó. no se liberó el servicio de VoIP porque se trata de una tecnología y no de un servicio, y que en ese caso, es el Congreso Nacional el órgano correspondiente para la sanción de una Ley sobre el punto.

Belen Lobos dijo...

Integrantes

Maria Lidia Villalba Benitez
Ricardo José Villalba
Jenny Molinari

Javier Agüero
Lesly Gamarra
Belén Lobos

TAREA 3.
EN GRUPOS DE TRABAJO RESPONDA LOS SIGUIENTES PUNTOS, ESCUETAMENTE:
A) ¿Qué cuerpos legales (códigos) corresponde revisar ampliamente a partir de esta liberalización?
Debería revisarse el CÓDIGO CIVIL por las implicancias de las responsabilidades civiles de:
-RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL DE LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE INTERNET.
-RECLAMOS POR DAÑOS Y PERJUICIOS PRODUCIDOS POR MEDIOS ELECTRONICOS Y DIGITALES.
-GESTION DE RECLAMOS A PAGINAS WEB Y BUSCADORES DE INTERNET PARA ELIMINAR INFORMACION PERJUDICIAL, DIFAMATORIA Y/O PROHIBIDA.
-CONSULTORIA EN CONTENIDOS NOCIVOS E ILICITOS EN INTERNET.
-RECLAMOS POR DAÑOS AL HONOR, IMAGEN E INTIMIDAD EN INTERNET.
Así también debería tenerse en cuenta la revisión de los derechos del autor.
REGISTRO DE OBRAS DE SOFTWARE, BASES DE DATOS Y OBRAS MULTIMEDIA.
-REGISTRO Y PROTECCION DE PAGINAS WEB.
-TUTELA DE LOS DERECHOS DE AUTOR EN INTERNET.
-REDACCION DE CONTRATOS DE LICENCIA DE USO Y TRANSFERENCIA DE DERECHOS DE AUTOR.
Debería revisarse el CÓDIGO PENAL:
- Sobre los Delitos Informáticos y sanciones que deberían darse a las mismas

b) ¿La Reglamentación en Telecomunicación se encuentra en qué Cuerpo Legal?
En el año 1995, se promulgó la Ley N°642 de Telecomunicaciones cuya característica fundamental fue la separación de la función reguladora del operador, creándose para ello un ente regulador llamado CONATEL. En esta ley también se dispusieron algunas medias para transformar el operador estatal y otorgar nuevas concesiones. La entidad reguladora tiene competencia en asuntos regulatorios, licencias y permisos, tarifas e interconexión y administración del espectro radioeléctrico. Este organismo está compuesto por un Directorio de cinco miembros designados por el Poder Ejecutivo y un Presidente cuyo mandato coincide con el periodo presidencial.
c) ¿Por que el servicio VOIP, usted supone que no se liberalizó?
Creemos que el bloqueo o la no liberalización de debe a intereses netamente monopolistas y de ambición sin pensar en la ciudadanía pues con la liberalización de la VOIP las personas dejarían de pagar los millones y millones de guaraníes en llamadas nacionales e internacionales.
El nuevo bloqueo esta acompañado de una campana publicitaria , en la cual Copaco lanza rumores de su perdida millonaria en llamadas internacionales por la presencia y actitud de las " empresas ilegales " del sector VoIP en este país.

Es muy simple, no quieren liberar el VoIP porque los grandes empresarios van a perder mas o menos 70 millones de dólares anuales, muy simples es
Con esta decisión se lograra congelar al país tecnológicamente llevándolo a la Edad Media respecto a las nuevas tecnologías de la comunicación logrando una asolación total del país en la comunicación y en el comercio internacional
d) ¿Cuál es la situación de la normativa a nivel internacional sobre casos parecidos al presentado en esta tarea?
La regulación en España impide un desarrollo completo de la VoIP
Europa quiere controlar la telefonía por VoIP
¿Pensábais que ya lo habíais visto todo con respecto al estado policial que se nos viene encima? Para nada. La Unión Europea, concretamente la Unidad de Cooperación Judicial, Eurojust, ha decidido que quiere ser capaz de controlar todo lo que hagamos también por telefonía IP. El gobierno italiano encabezado Silvio Berlusconi ha señalado su preocupación porque los delincuentes estén usando los nuevos servicios de VoIP, como por ejemplo Skype, para evitar la facilidad de intercepción de las redes tradicionales de telefonía. "La posibilidad de interceptar las comunicaciones telefónicas por Internet será un instrumento esencial en la lucha contra la delincuencia organizada internacional", señala Carmen Manfredda, miembro por Italia de Eurojust. "El objetivo no es impedir la evolución de la telefonía por Internet, sino impedir que los delincuentes utilicen Skype y sistemas similares para planificar y organizar sus acciones ilegales". Por nuestra seguridad, naturalmente.
Costa Rica podría criminalizar el uso de VoIP
«El creciente uso de las llamadas internacionales de VoIP ha hecho que el monopolio de las telecomunicaciones en Costa Rica, propiedad del gobierno, proponga a este ultimo que criminalize el uso de las llamadas telefónicas via Internet. Via Costa Rica May Criminalize VoIP (Slashdot).» en Costa Rica la Procuradora Rojas Chávez indica que la Voz es soportada sobre ondas electromagnéticas, por tanto es uso de espectro (¡!), y por tanto la VoIP usa espectro que no es libre
Panamá
En Panamá por un tiempo fue ilegal el uso de VoIp, inclusive con legislación al respecto, pero una orden de la Corte Suprema de Justicia obligó a la telefónica Cable and Wireless a eliminar el bloqueo sobre ciertos puertos que permitían hacer estas llamadas. De hecho, estas han ganado tanta popularidad, que no hay un cibercafé que no ofrezca llamadas de larga distancia a todo el mundo.
e) Investigue los criterios socio-politológicos y jurídicos del sector que ha defendido la estatización del recurso estratégico.
Los criterios jurídicos que están a favor de la estatización son que los artículos que se refieren a transmisión de datos VoIP (voz sobre protocolo de Internet) colisionan con el artículo 21 de la Ley 642/95, de Telecomunicaciones, que dice “El servicio básico es el servicio telefónico conmutado punto a punto mediante el cable o radio fija...”.
“Lo que está en discusión es la transmisión de voz, es decir, la telefonía, porque la ley define la telefonía de una forma.

Una de las argumentaciones para la negativa era que VoIP se constituía como servicio básico, no obstante, el informe de Conatel era claro, “El servicio de voz sobre Internet no responde a las características legalmente establecidas para reconocer el servicio básico, puesto que no usa enlaces fijos de telecomunicaciones, ni forma parte de un sistema conmutado, ni se origina en la red básica de telecomunicaciones. Más claro imposible.
Según los Sindicalistas de Copaco agrupados en Sinattel (Sindicato Nacional de Trabajadores de Telecomunicaciones) Consideran que los grupos empresariales del sector privado involucrados en la prestación del servicio de telecomunicaciones emprendieron una campaña perversa, y que El servicio de Internet es un negocio que se sustenta en la infraestructura de anillos de fibra óptica, adquiridos varios años atrás por la Copaco, cuando era aún Antelco, por lo que la explotación del servicio forma parte de los recursos del Estado, según ellos.

“Invocando falazmente igualdad de condiciones, competencia de libre mercado según la ley de la oferta y la demanda pretenden que se proceda a la supuesta liberación o desmonopolización de Internet. Buscan -afirman crecer y desarrollar sus negocios a expensas del uso de la infraestructura de la Copaco, así como han venido haciendo las multinacionales de telefonía móvil desde hace doce años”, reza la carta. Agregan que las celulares percibieron alrededor de US$ 1.000 millones en concepto de interconexión en tres años, que no sería otra que una subvención solapada del Estado. Con esto todos saldrían perdedores el estado y la ciudadanía que tendrán que subvencionar los bolsillos de los grandes empresarios.


“No estamos facultados a reglamentar VoIP, la ley no nos permite” fundamentó. no se liberó el servicio de VoIP porque se trata de una tecnología y no de un servicio, y que en ese caso, es el Congreso Nacional el órgano correspondiente para la sanción de una Ley sobre el punto.

oscar perez correa dijo...

a)bueno a mi criterio la liberacion de internet fue uno de los pasos mas acertados de nuestro excelente profesor de derecho constitucional y presidente de la conatel el Dr. Jorge seall, ya que como habia mencionado enn otras tareas, el mundo avanza y nosotros no podemos ser la excepcion debemos buscar todos los mecanismos que nos lleven a avanzar como pais, como sociedad. y como tambien habia mencionado antes los paraguayos estamos capacitados para crear nuevos cuerpos normativos que regulen nuestras vidas en general, entre ellas la informatica.

DAIANA ESPINOLA dijo...

A) Corresponde revisar la ley 642/95 de Telecomunicaciones.
B) La reglamentación de las telecomunicaciones se encuentra legislada en la LEY Nº 642/95.
C) Porque hay intereses creados, existe una gran cantidad de dinero en juego y que a COPACO no le convendría.
D) Internet está liberado en todas partes del mundo, es decir en esos países el Estado no los monopoliza como en nuestro país.
E) Las empresas que reclaman la liberación de Internet no pagan sus impuestos como deberían, la liberación total por ende implicaría pérdidas de millones de guaraníes al Estado. COPACO como compañía telefónica estatal estaría perdiendo su clientela con la libaración del servicio VOIP ya que el mismo consiste en realizar llamadas pero a un costo ínfimo.

ALUMNAS:
*Daiana Espínola CI: 4.914.745
*Solagne Santander CI: 2.875.247
*Gabriela Galeano CI: 2.846.315

DAIANA ESPINOLA dijo...

A) Corresponde revisar la ley 642/95 de Telecomunicaciones.
B) La reglamentación de las telecomunicaciones se encuentra legislada en la LEY Nº 642/95.
C) Porque hay intereses creados, existe una gran cantidad de dinero en juego y que a COPACO no le convendría.
D) Internet está liberado en todas partes del mundo, es decir en esos países el Estado no los monopoliza como en nuestro país.
E) Las empresas que reclaman la liberación de Internet no pagan sus impuestos como deberían, la liberación total por ende implicaría pérdidas de millones de guaraníes al Estado. COPACO como compañía telefónica estatal estaría perdiendo su clientela con la libaración del servicio VOIP ya que el mismo consiste en realizar llamadas pero a un costo ínfimo.

ALUMNAS:
*Daiana Espínola CI: 4.914.745
*Solagne Santander CI: 2.875.247
*Gabriela Galeano CI: 2.846.315